Artículo241 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 1.º En el reintegro del papel sellado empleado en la causa. 2.º En el pago de los derechos de Arancel. 3.º En el de los honorarios devengados por los Abogados y peritos. 4.º En el de las indemnizaciones correspondientes a los testigos que las hubiesen reclamado, si fueren de abono, y en
Leyde Reformas a la Ley N° 641, Código Penal de la República de Nicaragua, a la Ley N° 779, Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres. Reformas a la Ley No. 977 “Ley contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva”. Publicado en la Gaceta
LE0000560107_20151206La expresión «investigados o encausados», contenida en el presente apartado, ha sido introducida en sustitución de la anterior expresión «imputados o procesados» conforme establece el número 3 del apartado veintiuno del artículo único de la L.O. 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Lasventajas del artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal son las siguientes: Protección de la víctima: Este artículo establece que se puede aplicar una
Elartículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone: “En los autos o sentencias que pongan término a la causa o a cualquiera de los incidentes deberá resolverse sobre el pago de las costas procesales.”. Acordaros que la ley obliga al Juez o Tribunal a pronunciarse sobre la cuestión del pago de las costas en los procesos penales.
Artículo782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 1. Si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaren el sobreseimiento de la causa por cualquiera de los motivos que prevén los artículos 637 y 641, lo acordará el Juez, excepto en los supuestos de los números 1.o, 2.o, 3.o, 5.o y 6.o del artículo 20 del Código Penal, en que
LE0000551675_20151028Rúbrica del Título V del Libro Primero redactada por el apartado uno del artículo primero de la L.O. 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y
Porello, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 641,2 ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, “procede acordar el sobreseimiento provisional y, conforme al artículo 634 del mismo
Artículo181 redactado por Ley 14 abril 1955 («B.O.E.» 15 abril), por la que se modifica la base económica de algunos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.LE0000181003_19550505. Artículo 182. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos podrán hacerse a los Procuradores de las partes.
Sise plantea en el trámite de proposición de los artículos de previo pronunciamiento, deberá hacerse por escrito tanto cuando se trate de procedimiento ordinario conforme al artículo 667 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como de procedimiento abreviado (dada la remisión general contenida en el artículo 758 LECrim), aunque en este tipo de
YdCP83l.